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Los consumidores: Nuevos protagonistas de hoy, con derechos reales |
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Escrito por Ariel Armel Arenas
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Sábado, 08 de Octubre de 2011 00:00 |
“la ley tiene por objeto impedir que los fuertes impongan su voluntad”
La nueva Ley que actualiza el Estatuto del Consumidor colombiano, aprobado hace treinta años, rescata hoy con todos sus penachos la honrosa condición de ser la norma de su género, más moderna y progresista, dentro del concierto internacional.
Su objeto es el de regular los derechos y obligaciones que surgen entre los productores, los proveedores y los consumidores, así como la responsabilidad que tienen, frente a los consumidores, quienes les producen, distribuyen o prestan sus bienes y servicios.
La Ley tiene, además, como propósito “proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos.
Protege a los consumidores frente a los riesgos para su salud y seguridad y les garantiza el acceso pleno a una información adecuada, que les permita hacer elecciones de consumo libremente y bien fundamentadas.
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Los Consumidores y el Plan Nacional de Desarrollo |
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Escrito por Ariel Armel Arenas
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Viernes, 07 de Octubre de 2011 00:00 |
Peor que un mal plan, es no tener un plan General Charles de Gaulle
Reza el nuevo plan nacional de desarrollo 2010-2014 (ley 1450 de 2011):
En materia de protección al consumidor se hace necesario el desarrollo de sus derechos, consagrados en el artículo 78 de la Constitución Política de Colombia y en el Estatuto del Consumidor.
La Constitución Colombiana en su preámbulo determina que: “El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano… invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurara a sus integrantes… la igualdad… decreta, sanciona y promulga la siguiente Constitución Política…”
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Los consumidores y la neutralidad política. |
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Escrito por Ariel Armel Arenas
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Jueves, 06 de Octubre de 2011 14:49 |
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La Ley 73-81, el Decreto 1441-82 artículo 1° (Estatuto del Consumidor Colombiano), determina que el carácter de las Ligas de Consumidores debe ser apolítico. Y debe ser así, porque estas están instituidas para velar por la protección de todos los consumidores sin limitaciones de raza, ideología o capacidad económica. De tal manera, que mal harían las Ligas en renunciar a su unidad conceptual, para apoyar parcialidades políticas que malogren su acción unificada, la cual tiene por objeto defender los derechos fundamentales de los consumidores.
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Miércoles, 14 de Septiembre de 2011 23:00 |
La Confederación Colombiana de Consumidores, organización nacional sin ánimo de lucro, presenta gustosamente a la comunidad, su balance de actividades realizadas de acuerdo con la ley, en el último año.
Convocó sus comités ejecutivos, foros y asambleas de consumidores y registró sus actas.
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