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¿ Cuales son las funciones de una liga o asociación de consumidores?

Establecido por ley, las ligas y asociaciones de consumidores velarán por:

a. La eficiencia de los organismos y entidades que establezca la Ley para la defensa del consumidor, así como por la eficacia de los funcionarios de dicho organismo y entidades;

b. La observancia de las normas sobre precios dictadas por las autoridades gubernamentales y la racionalidad de los establecidos por los proveedores;

c. La observancia de las normas sobre tarifas de servicios públicos;

d. La idoneidad de las calidades de los bienes y servicios que se ofrecen al público y su ajuste a las normas técnicas expedidas por el Gobierno;

e. La exactitud de las pesas, medidas y volúmenes de los productos y mercancías;

f. La protección a los arrendatarios de los bienes muebles e inmuebles y la observancia de las normas relativas al contrato de arrendamiento.

g. La incontaminación de los alimentos, del aire y del agua, así como por la imposición y efectividad de las sanciones que, según las normas aplicables, cupieren a quienes los contaminen;

h. La conservación y utilización racional del agua, la fauna, la flora y demás recursos naturales;

i. La responsabilidad de los productores y proveedores respecto de la publicidad de las mercancías, las marcas y leyendas que exhiban los productos, y en general, respecto de la divulgación de su contenido y características;

j. La equidad de las condiciones de los sistemas de financiación que se exijan de las operaciones de venta o de utilización de bienes y servicios;

k. La responsabilidad de quien suministra un servicio que supone el depósito de bienes de propiedad del usuario del servicio;

l. El cumplimiento de las garantías ofrecidas por el productor o proveedor;

m. La promoción de la organización de cooperativas de consumo y de sistemas que hagan más eficiente el mercado de los productos;

n. El impulso a la afiliación de los consumidores a las ligas ya organizadas y a la organización de nuevas ligas;

o. La prestación en condiciones de equidad y eficiencia de los servicios de mercadeo, salud, educación, transporte y demás que interesen al consumidor;

p. La denuncia pública y ante las autoridades competentes de todos los hechos constitutivos de infracción penal o policiva que atenten contra los intereses y derechos del consumidor;

q. El abastecimiento suficiente de los mercados y el mantenimiento de una oferta normal de bienes y servicios;

r. La prevención y castigo de las prácticas indebidas de los productores o proveedores y la intervención oportuna de las autoridades competentes en caso de infracciones penales o policivas;

s. La divulgación de los precios oficiales o racionales que rijan en determinado momento;

t. La difusión amplia de los derechos del consumidor y de las instituciones y mecanismos existentes para su defensa, y,

u. La atención eficaz y oportuna de las quejas, reclamos o solicitudes que ante ellas formulen los consumidores en relación con la protección, la información, la educación, la representación, el respeto de sus derechos y la efectividad de sus indemnizaciones.

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¬ Funciones de Policía Cívica:

Las ligas y asociaciones de consumidores ejercerán funciones de policía cívica, es decir, de colaboración con las autoridades estatales, en el exacto cumplimiento de las normas de protección al consumidor.

En desarrollo de estas funciones podrán las ligas y asociaciones:

a. Vigilar el funcionamiento de las pesas y la exactitud de las medidas y volúmenes y solicitar la intervención de la autoridad en caso que se presenten irregularidades;

b. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de protección al consumidor, en especial, sin que la enumeración sea taxativa o excluyente, las relativas a los precios y a la calidad de los bienes y servicios, y denunciar a las personas que las infrinjan;

c. Representar administrativa o judicialmente a los consumidores para que hagan valer sus derechos; y

d. Solicitar a las autoridades competentes la imposición de sanciones a los proveedores y productores.

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¬ Prohibiciones de las Ligas y Asociaciones de Consumidores:

a. Desarrollar o propender por el desarrollo de actividades no contempladas en su objeto social;

b. Propiciar campañas políticas distintas a la defensa de los consumidores;

c. Abstenerse, sin causa justificada, de cumplir con sus funciones;

d. Ejercer cualquiera de sus funciones en forma desviada o abusiva.

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